Legislación › Ley 16/2002, de 19 de diciembre, de Comercio de Castilla y León.
Disposición derogatoria única.
Disposición derogatoria única.
Se deroga la Ley 2/1996, de 18 de junio, de Equipamientos Comerciales de Castilla y León, así como la Ley 11/1994, de 18 de julio, sobre Infracciones y Sanciones en materia de Horarios Comerciales, y cuantas normas y disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente Ley.
← Disposición transitoria quinta Índice Disposición final primera →


