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Real Decreto 1325/2003, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento sobre régimen de protección temporal en caso de afluencia masiva de personas desplazadas.

En vigor Ministerio del Interior · Publicada el 25 de octubre de 2003 · Último cambio el 25 de octubre de 2003 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. Artículo único. Aprobación del Reglamento sobre régimen de protección temporal en caso de afluencia masiva de personas desplazadas.
  3. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  4. Disposición final primera. Habilitación de desarrollo.
  5. Disposición final segunda. Modificación del Reglamento de aplicación de la Ley 5/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de asilo y de la condición de refugiado, modificada por la Ley 9/1994, de 19 de mayo, aprobado por el Real Decreto 203/1995, de 10 de febrero.
  6. Disposición final tercera. Modificación del Reglamento de ejecución de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, reformada por Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre, aprobado por el Real Decreto 864/2001, de 20 de julio.
  7. Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
  8. Firma
  9. REGLAMENTO
  10. CAPÍTULO I
  11. Artículo 1. Objeto.
  12. Artículo 2. Definición de desplazado.
  13. Artículo 3. Ámbito de aplicación.
  14. CAPÍTULO II
  15. Artículo 4. Declaración general de protección.
  16. Artículo 5. Declaración general del Consejo de la Unión Europea.
  17. Artículo 6. Declaración general del Gobierno español.
  18. Artículo 7. Duración.
  19. Artículo 8. Actuaciones previas en situaciones de emergencia.
  20. Artículo 9. Procedimiento de emergencia.
  21. Artículo 10. Procedimiento de evacuación.
  22. CAPÍTULO III
  23. Artículo 11. Resolución del Ministro del Interior.
  24. Artículo 12. Denegación.
  25. Artículo 13. Registro.
  26. CAPÍTULO IV
  27. Artículo 14. Libertad de circulación y residencia. Medidas cautelares.
  28. Artículo 15. Información.
  29. Artículo 16. Permiso de residencia.
  30. Artículo 17. Título de viaje.
  31. Artículo 18. Acogida en territorio nacional.
  32. Artículo 19. Autorización para trabajar.
  33. Artículo 20. Ayudas sociales.
  34. Artículo 21. Reagrupación familiar.
  35. Artículo 22. Solicitud del estatuto de refugiado.
  36. CAPÍTULO V
  37. Artículo 23. Finalización de protección temporal.
  38. Artículo 24. Cese de los beneficios de la protección temporal.
  39. Artículo 25. Revocación del beneficio de protección temporal.
  40. Artículo 26. Regreso al país de origen.
  41. ANEXO