Legislación › Real Decreto 1295/2003, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento regulador de las escuelas particulares de conductores.
Artículo 17. Agrupaciones para la utilización compartida de vehículos.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 28 de enero de 2004 y la del 16 de abril de 2010.
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Artículo 17. Agrupaciones para la utilización compartida de vehículos.
1. Los vehículos necesarios para el aprendizaje de la conducción de permiso de las clases B+E, C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D o D+E podrán figurar dados de alta en más de una escuela Escuela de la misma titularidad, siempre que el número de secciones o la distancia entre ellas no dificulte la enseñanza titularidad o menoscabe su calidad. estar
2. Los vehículos a que se refiere el apartado anterior podrán noa nombre del titular de la escuela siempre que estén adscritos a una agrupación o sociedad formada por los titulares de las escuelas agrupadas o asociadas, siempre que el número de las escuelas Escuelas agrupadas o asociadas y la distancia entre ellas no dificulte la enseñanza o menoscabe su calidad. asociadas.
3. 2. La agrupación Agrupación para la utilización compartida de los vehículos a que se refiere el apartado anterior deberá constar y acreditarse documentalmente ante la Jefatura Provincial de Tráfico. Tráfico, que le asignará un número de inscripción en el Registro de Centros de Formación de Conductores. Su denominación no podrá coincidir ni prestarse a confusión con la de otra agrupación Agrupación o sociedad Sociedad constituida o escuela Escuela autorizada en la o las mismas provincias.
4. 3. Los vehículos utilizados de forma compartida por una agrupación Agrupación o sociedad Sociedad de escuelas Escuelas podrán ir identificados en ambos laterales y en su parte posterior con la denominación de todas las escuelas Escuelas agrupadas o la de la agrupación Agrupación o sociedad. Sociedad.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 16 de abril de 2010 En vigor | BOE-A-2010-5038 | Leer | Qué cambió |
| 28 de enero de 2004 | Texto original | Leer |


