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Legislación › Real Decreto 1295/2003, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento regulador de las escuelas particulares de conductores.

Artículo 28. Solicitud de la autorización y documentos a presentar con la misma.

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Artículo 28. Extinción. Solicitud de la autorización y documentos a presentar con la misma.
1. Las autorizaciones La autorización de apertura y funcionamiento tienen carácter ejercicio del personal directivo y se extinguen por disolución docente deberá interesarse de la sociedad, muerte, renuncia expresa Jefatura Provincial de su titular Tráfico utilizando para ello la solicitud que, a tales efectos, proporcionará dicho Organismo o transmisión que podrá descargarse a través de la empresa. Extinguidas las autorizaciones, la escuela siguiente página web: www.dgt.es.
A dicha solicitud, suscrita por el titular
o cada sección precisará su representante legal se acompañarán los siguientes documentos:
a) Número del documento nacional
de nueva autorización identidad o del número de apertura identidad de extranjero, en su caso, así como el consentimiento para que posteriormente pueda serle otorgada la autorización sus datos de funcionamiento. En las transmisiones mortis causa se admitirá una titularidad provisional a favor identidad personal puedan ser consultados mediante el Sistema de la comunidad Verificación de herederos, siempre que la persona que la represente lo solicite Datos, en los términos establecidos por el plazo Real Decreto 522/2006, de 90 días naturales, contados desde 28 de abril.
De no constar su consentimiento en
la muerte solicitud, deberá acompañarse fotocopia del causante, y durará hasta el momento documento nacional de identidad o, en que se produzca la adjudicación su caso, del documento acreditativo de la herencia, lo identidad o tarjeta equivalente, acompañado de su Número de Identidad de extranjero, documentos todos ellos que se deberá justificar documentalmente deberán estar en la Jefatura Provincial de Tráfico. vigor.
En las transmisiones por actos inter vivos, la Jefatura Provincial de Tráfico podrá expedir, b) Declaración por un período escrito del director o del profesor de seis meses prorrogables hasta un máximo no estar cumpliendo condena o sanción de otros tres meses, una autorización provisional a favor privación o suspensión del adquirente siempre que lo solicite permiso de conducción acordada en vía judicial o administrativa o haber perdido el plazo crédito total de 10 días hábiles, contados desde la fecha sus puntos y de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para el ejercicio de las actividades docentes a que se produjo la transmisión, y acredite la imposibilidad refiere el artículo 12 de presentar con la solicitud la documentación requerida sobre locales o terrenos. este reglamento.
La disolución c) Dos fotografías actualizadas de la sociedad, persona para la renuncia del titular, que se solicita la transmisión autorización.
d) Copia del certificado
de la empresa y la baja aptitud de Director de Escuelas Particulares de Conductores o el cese definitivo de actividades Profesor de la escuela Formación Vial o sección deberá ser comunicada por escrito a la de Profesor de Escuelas Particulares de Conductores.
2. La
Jefatura Provincial de Tráfico por el notificará la resolución que proceda al titular o a su representante legal en el plazo de 10 días, contado a partir de la fecha en que el hecho se produjo.
2. También se extingue por cese del funcionamiento de la escuela o
máximo de sus secciones por tiempo superior a un año.
3. Será de aplicación a los supuestos de extinción de la autorización lo dispuesto en el artículo 26.5 y 6.
mes.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
7 de diciembre de 2023 En vigor BOE-A-2023-24843 Leer Qué cambió
16 de abril de 2010 BOE-A-2010-5038 Leer Qué cambió
28 de enero de 2004 Texto original Leer

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