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Legislación › Instrumento De Ratificación del Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República de Bulgaria, hecho en Valencia el 13 de mayo de 2002.

Artículo 2. Campo de aplicación material.

Artículo 2. Campo de aplicación material.

1) El presente Convenio se aplicará:

1. Por parte de España:

A la legislación relativa a las prestaciones contributivas del sistema español de Seguridad Social, en lo que se refiere a:

1.1 Prestaciones por incapacidad temporal en los casos de enfermedad común y accidente no laboral.

1.2 Prestaciones por maternidad y riesgo durante el embarazo.

1.3 Prestaciones de incapacidad permanente, jubilación y supervivencia.

1.4 Subsidio por defunción.

1.5 Prestaciones por desempleo.

1.6 Accidente de trabajo y enfermedad profesional.

2. Por parte de la República de Bulgaria:

A la legislación relativa a la Seguridad Social, en lo que se refiere a:

2.1 Prestaciones de incapacidad temporal y maternidad.

2.2 Pensiones por períodos de seguro y edad y pensiones de invalidez por enfermedad común.

2.3 Pensiones por invalidez derivadas de accidente de trabajo y enfermedad profesional.

2.4 Pensiones hereditarias.

2.5 Ayuda en caso de fallecimiento de la persona asegurada.

2.6 Prestaciones por desempleo.

2) El presente Convenio se aplicará igualmente a la legislación que en el futuro complete o modifique la enumerada en el apartado 1).

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