Legislación › Ley 36/2003, de 11 de noviembre, de medidas de reforma económica.
Disposición adicional tercera. Modificación de la Ley Concursal.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 13 de noviembre de 2003 y la del 1 de septiembre de 2020.
Tachado: lo que se quitó (0 palabras). Subrayado: lo que se añadió (34 palabras).
Volver al texto en vigor
Disposición adicional tercera. Modificación de la Ley Concursal.
(Derogada)
Téngase en cuenta que esta disposición se deroga, con efectos de 1 de septiembre de 2020, por la disposición derogatoria única.2.a) del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo. BOE-A-2020-4859
Redacción anterior:
Se introduce un apartado 3 en la disposición adicional segunda de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, con la siguiente redacción:
«3. Las normas legales mencionadas en el apartado anterior se aplicarán con el alcance subjetivo y objetivo previsto en las mismas a las operaciones o contratos que en ellas se contemplan y, en particular, las referidas a las operaciones relativas a los sistemas de pagos y de liquidación y compensación de valores, operaciones dobles, operaciones con pacto de recompra o se trate de operaciones financieras relativas a instrumentos derivados.»
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de septiembre de 2020 En vigor | BOE-A-2020-4859 | Leer | Qué cambió |
| 13 de noviembre de 2003 | Texto original | Leer |
← Disposición adicional segunda Índice Disposición transitoria primera →


