LexTotal

Legislación › Real Decreto 1376/2003, de 7 de noviembre, por el que se establecen las condiciones sanitarias de producción, almacenamiento y comercialización de las carnes frescas y sus derivados en los establecimientos de comercio al por menor.

Disposición transitoria primera. Caducidad de autorización.

Disposición transitoria primera. Caducidad de autorización.

Los establecimientos actualmente autorizados conforme a la normativa anterior deberán cumplir los requisitos previstos en este real decreto en un plazo de 12 meses desde su entrada en vigor.

← Artículo 6 Índice Disposición transitoria segunda →