Legislación › Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido.
Artículo 13. Evaluación acústica.
Artículo 13. Evaluación acústica.
El Gobierno regulará:
a) Los métodos de evaluación para la determinación de los valores de los índices acústicos aludidos en el artículo 12 y de los correspondientes efectos de la contaminación acústica.
b) El régimen de homologación de los instrumentos y procedimientos que se empleen en la evaluación y de las entidades a las que, en su caso, se encomiende ésta.


