Legislación › Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido.
Disposición transitoria segunda. Planeamiento territorial vigente.
Disposición transitoria segunda. Planeamiento territorial vigente.
El planeamiento territorial general vigente a la entrada en vigor de esta ley deberá adaptarse a sus previsiones en el plazo de cinco años desde la entrada en vigor de su Reglamento general de desarrollo.
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