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Legislación › Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas.

Disposición adicional quinta. Exenciones y bonificaciones.

Disposición adicional quinta. Exenciones y bonificaciones.

Las exenciones y bonificaciones previstas en el párrafo a) del artículo 12.1 en ningún caso podrán ser inferiores a las establecidas para las familias numerosas en el momento de entrada en vigor de esta ley.

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