Legislación › Real Decreto 1373/2003, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el arancel de derechos de los procuradores de los tribunales.
Artículo 54. Fase de instrucción.
Artículo 54. Fase de instrucción.
Por la actuación del procurador en la fase de instrucción, cualquiera que sea el concepto en el que intervenga ante los Juzgados de Instrucción, percibirá la cantidad de 33,44 euros.
Si la denuncia se archivase o la querella no fuese admitida a trámite, devengará el procurador 11,14 euros.


