Legislación › Real Decreto 1373/2003, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el arancel de derechos de los procuradores de los tribunales.
Artículo 91. Devengo de aranceles.
Artículo 91. Devengo de aranceles.
Los períodos de percepción fijados en este arancel se entenderán totalmente devengados desde el momento de su inicio.


