Legislación › Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.
Disposición transitoria cuarta. Montes declarados de utilidad pública con anterioridad a esta ley.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 22 de febrero de 2004 y la del 21 de octubre de 2015.
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Disposición transitoria cuarta. Montes declarados de utilidad pública con anterioridad a esta ley.
A los efectos de lo previsto en el artículo 16, 16 y concordantes, se consideran incluidos en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública todos los montes declarados de utilidad pública con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 21 de octubre de 2015 En vigor | BOE-A-2015-8146 | Leer | Qué cambió |
| 22 de febrero de 2004 | Texto original | Leer |
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