Legislación › Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
Artículo 83. Actuaciones cofinanciadas.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2005 y la del 12 de enero de 2011.
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Artículo 83. Actuaciones cofinanciadas.
En el caso de acciones cofinanciadas cofínanciadas entre el Presupuesto General de las Comunidades Europeas y el del Estado, el presupuesto de gastos de éste necesariamente ha de recoger, junto con la financiación a cargo del Estado, el importe de la cofinanciación cofínanciación procedente de la Unión Europea. La financiación con cargo al Estado se librará junto con los anticipos de tesorería recogidos en el artículo 82, exceptuando las actuaciones cofinanciadas con FEDER, Fondo de Cohesión y Fondo Social Europeo.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 12 de enero de 2011 En vigor | BOE-A-2010-19703 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2005 | Texto original | Leer |


