Legislación › Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general.
Artículo 12. Ámbito de aplicación.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2004 y la del 27 de agosto de 2010.
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Artículo 12. Recursos económicos Ámbito de las Autoridades Portuarias. aplicación.
1. Los recursos económicos de las Las Autoridades Portuarias estarán integrados por: exigirán por la
a) Los productos y rentas de su patrimonio, así como los ingresos procedentes deenajenación de sus activos. utilización de
b) Las tasas portuarias, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 11.1 b) de esta ley.
c) Los ingresos que tengan el carácter de recursosderecho privado obtenidos en las instalaciones portuarias el ejercicio pago de sus funciones. las siguientes tasas:
d) Las aportaciones recibidas T-1: Tasa del Fondo de Compensación Interportuario. buque.
e) Los que pudieran asignarse en los Presupuestos Generales T-2: Tasa del Estado o en los de otras Administraciones públicas. pasaje.
f) Las ayudas y subvenciones, cualquiera que sea su procedencia.
g) Los procedentes de los créditos, préstamos y demás operaciones financieras que puedan concertar.
h) El producto T-3: Tasa de la aplicación del régimen sancionador previsto en la Ley de Puertos del Estado y mercancía.
T-4: Tasa de la Marina Mercante. pesca fresca.
i) Las donaciones, legados y otras aportaciones T-5: Tasa de particulares las embarcaciones deportivas y entidades privadas. de recreo.
j) Cualquier otro que les sea atribuido T-6: Tasa por el ordenamiento jurídico. utilización especial de la zona de tránsito.
2. Corresponde a La realización de los hechos imponibles en las Autoridades Portuarias tasas de utilización se producirá por la gestión y administración utilización de todos o alguno de los recursos que se relacionan bienes o instalaciones relacionados en el apartado anterior, debiendo ajustarse a los objetivos y principios establecidos en esta ley. mismos.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 27 de agosto de 2010 En vigor | BOE-A-2010-12703 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2004 | Texto original | Leer |


