LexTotal

Legislación › Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general.

Disposición adicional duodécima. Reglamento de Explotación y Policía.

Disposición adicional duodécima. Reglamento de Explotación y Policía.

Las menciones que en la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, se hacen al Reglamento de Servicio y Policía de los puertos se entenderán hechas al Reglamento de Explotación y Policía de los puertos.

← Disposición adicional undécima Índice Disposición adicional decimotercera →