Legislación › Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general.
Disposición adicional vigésimo octava. Publicidad de las normas de contratación.
Disposición adicional vigésimo octava. Publicidad de las normas de contratación.
Las Instrucciones reguladoras de los procedimientos de contratación de Puertos del Estado y las Autoridades Portuarias, elaboradas al amparo de lo dispuesto en la disposición adicional vigésimo quinta de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, serán aprobadas por el Ministro de Fomento, previo informe de la Abogacía del Estado, y deberán ser publicadas en el Boletín Oficial del Estado.
Se añade por el art. 3.35 de la Ley 33/2010, de 5 de agosto. BOE-A-2010-12703
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