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Legislación › Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general.

Disposición adicional vigésimo segunda. Instrucciones técnicas en el servicio de manipulación de mercancías.

Disposición adicional vigésimo segunda. Instrucciones técnicas en el servicio de manipulación de mercancías.

Por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, oído Puertos del Estado previa audiencia de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas del sector, se aprobarán las Instrucciones Técnicas correspondientes a la maquinaria específica para la prestación del servicio portuario de manipulación de mercancías.

Se añade por el art. 3.29 de la Ley 33/2010, de 5 de agosto. BOE-A-2010-12703

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