Legislación › Ley 8/2003, de 28 de octubre, del Gobierno e Incompatibilidades de sus miembros.
Artículo 48. Relación entre el Gobierno y el Parlamento de La Rioja.
Artículo 48. Relación entre el Gobierno y el Parlamento de La Rioja.
La relación ordinaria entre el Gobierno y el Parlamento de La Rioja se canalizará a través del titular de la Consejería que tenga atribuidas competencias en materia de Relaciones Institucionales.


