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Legislación › Ley 8/2003, de 28 de octubre, del Gobierno e Incompatibilidades de sus miembros.

Artículo 48. Relación entre el Gobierno y el Parlamento de La Rioja.

Artículo 48. Relación entre el Gobierno y el Parlamento de La Rioja.

La relación ordinaria entre el Gobierno y el Parlamento de La Rioja se canalizará a través del titular de la Consejería que tenga atribuidas competencias en materia de Relaciones Institucionales.

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