Legislación › Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo.
Artículo 7. Órganos del Sistema Nacional de Empleo.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 6 de enero de 2004 y la del 20 de febrero de 2011.
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Artículo 7. Órganos del Sistema Nacional de Empleo.
1. Los órganos del Sistema Nacional de Empleo son:
a) La Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, que es el instrumento general de colaboración, coordinación y cooperación entre la Administración del Estado y la de las comunidades autónomas Comunidades Autónomas en materia de política de empleo y especialmente en lo relacionado con la elaboración de los Planes nacionales Estrategia Española de acción para Empleo y el empleo. Así mismo le corresponde la aprobación del Programa anual Plan Anual de trabajo del sistema nacional Política de empleo. Empleo.
b) El Consejo General del Sistema Nacional de Empleo, que es el órgano consultivo de participación institucional en materia de política de empleo. El Consejo estará integrado por un representante de cada una de las comunidades autónomas Comunidades Autónomas y por igual número de miembros de la Administración General del Estado, de las organizaciones empresariales y de las organizaciones sindicales más representativas. Para la adopción de acuerdos se ponderarán los votos de las organizaciones empresariales y los de las organizaciones sindicales para que cada una de estas dos representaciones cuente con el mismo peso que el conjunto de los representantes de ambas Administraciones, manteniendo así el carácter tripartito del Consejo. Reglamentariamente se determinarán sus funciones, en consonancia con las atribuidas al Sistema Nacional de Empleo por el artículo 9 de esta ley, Ley, entre las que se encuentra la de consulta e informe del Plan nacional de acción para el empleo y del Programa anual de trabajo de dicho Sistema Nacional de Empleo. la Estrategia Española de Empleo
2. La coordinación del Sistema Nacionalse llevará a cabo principalmente a través de los siguientes instrumentos: y del
a) El Plan nacional de acción para el empleo.
b) El Programa anual de trabajoSistema Nacional de Empleo. Plan Anual de
c) El Sistema de informaciónlos Servicios Públicos Política de Empleo.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 20 de febrero de 2011 En vigor | BOE-A-2011-3255 | Leer | Qué cambió |
| 6 de enero de 2004 | Texto original | Leer |


