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Legislación › Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo.

Disposición adicional novena. Consideración de víctimas del terrorismo a efectos de políticas activas de empleo.

Disposición adicional novena. Consideración de víctimas del terrorismo a efectos de políticas activas de empleo.

A los efectos de lo dispuesto en la letra f) del apartado 1 del artículo 25, se considerarán víctimas del terrorismo las personas a que se refiere el artículo 34 de la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo.

Se añade por la disposición final 10.2 de la Ley 3/2012, de 6 de julio. BOE-A-2012-9110.

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