Legislación › Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Disposición adicional duodécima. Composición de los tribunales económico-administrativos.
Disposición adicional duodécima. Composición de los tribunales económico-administrativos.
El Presidente y los vocales de los tribunales económico-administrativos serán nombrados entre funcionarios del Estado y sus organismos autónomos, de las comunidades autónomas y entre funcionarios de Administración local con Habilitación de Carácter Nacional, que reúnan los requisitos y condiciones que reglamentariamente se determinen, actuando como Secretario un Abogado del Estado.
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