Legislación › Ley 11/2003, de 24 de noviembre, de protección de los animales.
Artículo 16. Recogida y eliminación.
Artículo 16. Recogida y eliminación.
Los Ayuntamientos serán responsables de la recogida y eliminación de los animales muertos en sus respectivos términos municipales, pudiendo exigir, en su caso, las prestaciones económicas que pudieran corresponderles.


