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Legislación › Ley 11/2003, de 24 de noviembre, de protección de los animales.

Artículo 16. Recogida y eliminación.

Artículo 16. Recogida y eliminación.

Los Ayuntamientos serán responsables de la recogida y eliminación de los animales muertos en sus respectivos términos municipales, pudiendo exigir, en su caso, las prestaciones económicas que pudieran corresponderles.

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