Legislación › Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica.
Artículo 35. Multa coercitiva.
Artículo 35. Multa coercitiva.
El órgano administrativo competente para resolver el procedimiento sancionador podrá imponer multas coercitivas por importe que no exceda de 6.000 euros por cada día que transcurra sin cumplir las medidas provisionales que hubieran sido acordadas.


