Legislación › Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social.
Artículo 19. Tasa exigible por especialidades farmacéuticas veterinarias.
Artículo 19. Tasa exigible por especialidades farmacéuticas veterinarias.
Se añade un nuevo epígrafe, en el grupo IX del artículo 117 de la Ley 25/1990, de 20 de diciembre, del Medicamento, con la siguiente redacción:
«Artículo 117, grupo IX. Especialidades farmacéuticas veterinarias:
9.08 Procedimiento de autorización de comercialización e inscripción en el registro de una especialidad farmacéutica de uso veterinario destinada de forma específica a especies menores. 2.157,00 euros.»


