LexTotal

Legislación › Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social.

Artículo 35. Medidas de acción positiva.

Artículo 35. Medidas de acción positiva.

Para garantizar en la práctica la plena igualdad por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad y orientación sexual, el principio de igualdad de trato no impedirá que se mantengan o se adopten medidas específicas a favor de determinados colectivos destinadas a prevenir o compensar las desventajas que les afecten relativas a las materias incluidas en el ámbito de aplicación de esta sección.

← Artículo 34 Índice Artículo 36 →