Legislación › Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social.
Disposición adicional trigésima séptima. Exención en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de las indemnizaciones por los daños ocasionados por el accidente del buque «Prestige».
Disposición adicional trigésima séptima. Exención en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de las indemnizaciones por los daños ocasionados por el accidente del buque «Prestige».
Las indemnizaciones derivadas de los acuerdos transaccionales a que se refiere el Real Decreto Ley 4/2003, de 20 de junio, sobre actuaciones para el abono de indemnizaciones en relación con los daños ocasionados por el accidente del buque «Prestige», desarrollado por el Real Decreto 1053/2003, de 1 de agosto, estarán exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
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