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Legislación › Orden PRE/3662/2003, de 29 de diciembre, por la que se regula un nuevo procedimiento de recaudación de los ingresos no tributarios recaudados por las Delegaciones de Economía y Hacienda y de los ingresos en efectivo en las sucursales de la Caja General de Depósitos y sus sucursales.

Disposición final primera. Habilitación.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2004 y la del 9 de enero de 2008. Tachado: lo que se quitó (1 palabras). Subrayado: lo que se añadió (165 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición final primera. Habilitación.
Se autoriza habilita a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera y a la Intervención General de la Administración del Estado a dictar cuantas resoluciones sean necesarias para el desarrollo de la presente Orden.
En particular, mediante Resolución conjunta de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera y la Intervención General de la Administración del Estado:
Se aprobará el procedimiento a seguir para la expedición de los documentos de ingreso a que se refiere el apartado sexto de esta Orden y para la comunicación de las liquidaciones a las Delegaciones de Economía y Hacienda.
Se podrán modificar los modelos que figuran en el anexo de esta Orden, cuando así se estime necesario para la mejora técnica de los procedimientos de recaudación o para la adaptación de aquéllos a los cambios normativos que pudieran producirse.
Podrá establecerse el procedimiento para que los documentos previstos en el apartado Sexto de esta Orden puedan expedirse a través de Internet y obtenerse por los propios interesados.»
Podrá establecerse un procedimiento especial para los casos en que no sea posible la utilización de los documentos previstos en el apartado Sexto de esta Orden para la realización de los ingresos.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
9 de enero de 2008 En vigor BOE-A-2008-249 Leer Qué cambió
1 de enero de 2004 Texto original Leer

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