LexTotal

Legislación › Ley 28/2002, de 30 de diciembre, de creación del Instituto para el Desarrollo y la Promoción del Alto Pirineo y Arán.

Disposición adicional segunda.

Disposición adicional segunda.

Se autoriza a los consejeros de Economía y Finanzas y de Política Territorial y Obras Públicas a realizar las adaptaciones o adoptar las medidas presupuestarias necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ley.

← Disposición adicional primera Índice Disposición adicional tercera →