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Legislación › Ley 15/2002, de 27 de diciembre, de Medidas Presupuestarias, Administrativas y Fiscales.

Artículo 13. Mejora en las reducciones de la base imponible del impuesto sobre sucesiones y donaciones establecida al amparo de lo dispuesto en el artículo 40.1.a) de la Ley 21/2001, de 27 de diciembre, por la que se regulan las medidas fiscales y administrativas del nuevo sistema de financiación de las comunidades autónomas de régimen común y ciudades con Estatuto de Autonomía, y en el artículo 2

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Artículo 13. Mejora en las reducciones de la base imponible del impuesto sobre sucesiones y donaciones establecida al amparo de lo dispuesto en el artículo 40.1.a) de la Ley 21/2001, de 27 de diciembre, por la que se regulan las medidas fiscales y administrativas del nuevo sistema de financiación de las comunidades autónomas de régimen común y ciudades con Estatuto de Autonomía, y en el artículo 2 de la Ley 20/2002, de 1 de julio, del régimen de cesión de tributos del Estado a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y de fijación del alcance y condiciones de dicha cesión.
A los efectos de las reducciones en la base imponible previstas en el artículo 20 de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del impuesto sobre sucesiones y donaciones, se establece la mejora consistente en las equiparaciones siguientes:
a) Las parejas estables definidas en los términos de la Ley del Principado de Asturias 4/2002, de 23 de mayo, de parejas estables, se equipararán a los cónyuges.
b) Las personas objeto de un acogimiento familiar permanente o preadoptivo se equipararán a los adoptados.
c) Las personas que realicen un acogimiento familiar permanente o preadoptivo se equipararán a los adoptantes.
Se entiende por acogimiento familiar permanente o preadoptivo el constituido con arreglo a la Ley 1/1995, de 27 de enero, de protección del menor, y a las disposiciones del Código Civil.
Las mencionadas equiparaciones regirán también para la aplicación de los coeficientes multiplicadores a que se refiere el artículo 22 de la Ley 29/1987 antes citada.
(Derogado)

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30 de octubre de 2014 En vigor BOE-A-2015-945 Leer Qué cambió
1 de enero de 2003 Texto original Leer

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