Legislación › Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Artículo 116. Nulidad de pleno derecho.
Artículo 116. Nulidad de pleno derecho.
Serán nulas de pleno derecho las disposiciones administrativas que infrinjan lo establecido en esta Sección.


