LexTotal

Legislación › Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Artículo 95. Impugnaciones y recursos.

Artículo 95. Impugnaciones y recursos.

1. Contra los actos de las Entidades públicas empresariales dictados en el ejercicio de potestades administrativas procederá recurso de alzada ante el titular de la Consejería a la que estén adscritas.

2. Las reclamaciones previas al ejercicio de las acciones civiles y laborales serán resueltas por el órgano máximo de la entidad.

← Artículo 94 Índice Artículo 96 →