Legislación › Real Decreto 210/2003, de 21 de febrero, por el que se regula el etiquetado energético de los hornos eléctricos de uso doméstico.
ANEXO I
ANEXO I
Etiqueta
Modelo
1. La etiqueta se ajustará a los modelos siguientes:
2. Las siguientes notas definen la información que debe incluirse en la etiqueta y habrán de figurar al menos en castellano, lengua española oficial del Estado:
Notas:
I. Nombre o marca comercial del proveedor.
II. Identificador del modelo del proveedor.
III. Clase de eficacia energética del compartimento o compartimentos del modelo, determinada de conformidad con el anexo IV. La punta de la flecha que contiene la letra indicadora se colocará a la misma altura que la punta de la flecha de la clase correspondiente.
La altura de la flecha que contiene la letra indicadora no será inferior, ni más de dos veces superior, a la altura de las flechas de las clases correspondientes.
IV. Sin perjuicio de los requisitos establecidos en el sistema comunitario de concesión de etiqueta ecológica, en el caso de que el modelo haya obtenido una etiqueta ecológica comunitaria, de conformidad con el Reglamento (CE) número 1980/2000, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de julio de 2000, relativo a un sistema comunitario revisado de concesión de etiqueta ecológica, podrá colocarse aquí una reproducción del símbolo de la etiqueta ecológica concedida.
V. Consumo de energía en kWh de la función o funciones de calentamiento (convección forzada y/o convencional) (de los aparatos), determinado con carga normal, de acuerdo con los métodos de ensayo de las normas armonizadas a que se hace referencia en el artículo 2.
VI. Volumen útil del compartimento en litros, determinado de conformidad con las normas armonizadas indicadas en el artículo 2.
VII. Tamaño del aparato, determinado como sigue:
Pequeño: 12 l ≤ volumen < 35 l.
Medio: 35 l ≤ volumen < 65 l.
Grande: 65 l ≤ volumen.
La flecha indicadora se colocará a la altura del tamaño correspondiente.
VIII. En su caso, nivel de ruido medido durante la función que determina la eficiencia energética con arreglo al Real Decreto 213/1992, de 6 de marzo.
Impresión:
3. En las notas siguientes se definen algunos aspectos de la etiqueta:
Colores utilizados:
CMYK - cián, magenta, amarillo, negro.
Ex. 07X0: 0 por 100 cián, 70 por 100 magenta, 100 por 100 amarillo, 0 por 100 negro.
Flechas:
A X0X0.
B 70X0.
C 30X0.
D 00X0.
E 03X0.
F 07X0.
G 0XX0.
Contorno de color: X070.
El color de fondo de la flecha que indica la clase de eficacia energética es negro.
Todo el texto en negro. Fondo blanco.


