Legislación › Real Decreto 210/2003, de 21 de febrero, por el que se regula el etiquetado energético de los hornos eléctricos de uso doméstico.
ANEXO III
ANEXO III
Venta por correspondencia y otros tipos de venta a distancia
Los catálogos de venta por correspondencia, las comunicaciones, las ofertas escritas y los anuncios en Internet o en otros medios electrónicos a que se refiere el apartado 4 del artículo 3, incluidas las ofertas de hornos empotrados para cocinas integradas, contendrán la información siguiente, en el orden especificado:
1. Marca comercial del proveedor e identificador del modelo (anexo II, apartados 1 y 2).
2. Clase de eficiencia energética (anexo II, punto 3).
3. Consumo de energía (anexo II, punto 5).
4. Volumen útil (anexo II, punto 6).
5. Tamaño (anexo II, punto 7).
6. Ruido (anexo II, punto 9).
Cuando se suministren otros datos contenidos en la ficha de información sobre el producto, deberán presentarse según lo dispuesto en el anexo II y se incluirán en el cuadro anterior en el orden prescrito para la ficha.


