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Legislación › Real Decreto 276/2003, de 7 de marzo, por el que se regula el Registro estatal de centros docentes no universitarios.

ANEXO II

ANEXO II

Especificaciones del fichero de intercambio

El fichero de intercambio se compone de un registro de cabecera, seguido por los registros de datos del centro.

Estructura del registro de cabecera

Posición

Campo

Tipo de datos

Tabla de Códigos/Descripción

0001-0001

Identificador de registro de cabecera

a(1)

Valor: «0»

0002-0007

Envío

aaaaaa(6)

aa ➔ Código de la comunidad autónoma (TABLA 14)

aa ➔ Año

aa ➔ Número de envío

0008-0015

Fecha del envío

aaaammdd(8)

aaaa ➔ Año

mm ➔ Mes

dd ➔ Día

0016-0020

Número de registros de datos enviados

nnnnn(5)

0021-0025

Número de centros que figuran en el envío

nnnnn(5)

0026-2420

Observaciones

a(2395)

Estru=ctura del registro de datos del centro

Posición

Campo

Tipo de datos

Tabla de Códigos/Descripción

0001-0001

Identificador de registro de datos

a(1)

Valor: «1»

0002-0007

Número de envío

aaaaaa(6)

aa ➔ Código de la comunidad autónoma (TABLA 14)

aa ➔ Año

aa ➔ Número de envío

0008-0012

Número de orden dentro del envío

nnnnn(5)

Número correlativo

0013-0013

Tipo de registro enviado

a(1)

TABLA 1

0014-0015

Tipo de disposición, si existe.

En caso contrario: «II»

aa(2)

TABLA 2

0016-0031

Código de la disposición, si existe.

En caso contrario: «0000000000000000»

a(16)

Leyes, reales decretos, decretos u órdenes ministeriales que contienen la disposición

0032-0036

Tipo de publicación en la que aparece la disposición, si existe.

En caso contrario: «COM» + «Código de la comunidad autónoma»

aaaaa(5)

TABLA 3

0037-0044

Fecha de publicación, si existe.

En caso contrario: «fecha de envío»

aaaammdd(8)

aaaa ➔ Año

mm ➔ Mes

dd ➔ Día

0045-0049

Número dentro de la publicación, si existe.

En caso contrario: «00000»

aaaaa(5)

0050-0057

Fecha de firma, si existe.

En caso contrario: «fecha de publicación»

aaaammdd(8)

0058-0065

Fecha de efectividad del registro enviado.

Si no existe: «fecha de publicación»

aaaammdd(8)

Solo debe utilizarse cuando tenga que constar en el registro, o bien una situación anterior a la última registrada, o bien una situación cuya efectividad queda postergada a una fecha posterior a la de publicación

0066-0067

Número de secuencia

nn(2)

Indica la secuencia de registros para un mismo centro y fecha de efectividad

Por defecto: 50

0068-0075

Código del centro

ppnnnnnd(8)

pp ➔ Cód. Provincia

nnnnn ➔ N.º correlativo

d ➔ Dígito de control

0076-0375

Denominación específica.

Si no existe: «Blancos»

a(300)

0376-0455

Domicilio

a(80)

0456-0460

Código postal

aaaaa(5)

Código postal que aparece en la guía editada por Correos y Telégrafos

0461-0469

Código de localidad

aaaaaaaaa(9)

Código de la entidad singular correspondiente, que figura en el Nomenclátor del INE con el formato: ppmmmccss:

pp ➔ Provincia

mmm ➔ Municipio

cc ➔ Entidad colectiva

ss ➔ Entidad singular

0470-0472

Código de la denominación genérica1

aaa(3)

TABLA 4

0473-0476

Código del tipo de centro1

aaaa(4)

TABLA 5

0477-0477

Naturaleza

a(1)

TABLA 6

0478-0478

Ámbito

a(1)

TABLA 7

0479-0928

Localidades del ámbito, si existen.

En caso contrario: «BLANCOS»

a(9)*50=a(450)

Podrán recogerse hasta 50 códigos, en los centros que disponga de ámbito

1-9

Código INE de localidad

a(9)

Código de la entidad singular correspondiente, que figura en el Nomenclátor del INE con el formato ppmmmccss:

pp ➔ Provincia

mmm ➔ Municipio

cc ➔ Entidad colectiva

ss ➔ Entidad singular

0929-0929

Activo/No-activo

a(1)

TABLA 8

0930-0937

Código del centro de dependencia, si existe.

En caso contrario: «BLANCOS»

a(8)

pp ➔ Código de la provincia

nnnnn ➔ N.º correlativo

d ➔ Dígito de control

0938-0938

Organismo que crea/autoriza el funcionamiento y modalidad del centro

a(1)

TABLA 9

0939-1520

Titulares del centro

a(97)*6=a(582)

Hasta 6 titulares.

Al menos debe figurar uno.

01-02

Tipo de titular

a(2)

TABLA 10

03-17

NIF/CIF del titular

a(15)

18-97

Nombre del titular

a(80)

1521-2420

Enseñanzas autorizadas

a(18)*50=a(900)

Hasta 50 enseñanzas

01-08

C ódigo de la enseñanza

a(8)

TABLA 11

09-09

Modalidad

a(1)

TABLA 12

10-10

Concierto/Convenio.

Valor por defecto: «NO»

a(1)

TABLA 13

11-12

N.º de unidades autorizadas.

Si no se proporciona: «BLANCOS»

nn(2)

Dato no-registral.

Se utiliza únicamente en casos convenidos.

13-16

N.º de puestos escolares.

Si no se proporciona: «BLANCOS»

nn(4)

Dato no-registral.

Se utiliza únicamente en casos convenidos.

1 La codificación de estos dos campos es alternativa: si se proporciona la codificación Denominación genérica, el Tipo de centro es deducible (Denominación genérica es un refinamiento de Tipo de centro). Se puede dar solo el Tipo de centro cuando se desconozca o no se utilice la Denominación genérica.

Observaciones:

El registro de cabecera permite el control de los envíos que se producen entre las comunidades autónomas y el Registro estatal de centros docentes no universitarios.

El registro de datos de los centros refleja la situación de un centro, en sus atributos registrales, después de cada disposición o acción administrativa que la correspondiente comunidad autónoma considere que lo ha modificado, dentro del periodo entre dos envíos.

Un centro puede aparecer varias veces en un mismo envío, siempre que cada una de ellas indique una situación distinta.

El orden en que aparezcan los registros de un mismo centro determina la secuencia de las situaciones.

Los datos serán todos de tipo carácter alfanumérico (codificación ASCII): las letras utilizadas en la columna «Tipo de datos» (a, n, p, m...) hacen referencia únicamente al contenido.

Los datos de tipo numérico deberán ir alineados a la derecha. El resto, a la izquierda.

Las tablas que contienen listas de valores y a las que se hace referencia en estas especificaciones técnicas se encuentran en el área de intercambio del registro y podrán ser alteradas alterarse cuando la comisión técnica lo considere oportuno para satisfacer las necesidades que se generen de la propia evolución del sistema educativo, de acuerdo con lo establecido en el presente real decreto.

En consecuencia de lo anterior, el propio registro de intercambio podrá ser alterado a propuesta de la citada comisión.

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