Legislación › Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.
Artículo 135. Tarifas.
Artículo 135. Tarifas.
La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes tarifas:
Tarifa 21.01 Expedición de 5 unidades de identificación: 1,41 euros.
Tarifa 21.02 Expedición de 10 unidades de identificación: 2,78 euros.


