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Legislación › Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.

Artículo 135. Tarifas.

Artículo 135. Tarifas.

La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes tarifas:

Tarifa 21.01 Expedición de 5 unidades de identificación: 1,41 euros.

Tarifa 21.02 Expedición de 10 unidades de identificación: 2,78 euros.

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