Legislación › Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.
Artículo 244. Tarifa.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de octubre de 2002 y la del 1 de enero de 2003.
Tachado: lo que se quitó (15 palabras). Subrayado: lo que se añadió (26 palabras).
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Artículo 244. Tarifa.
Tarifa 45.01 Autorización 45.01. Certificación de laboratorios cumplimiento de análisis clínicos: Normas de Correcta Fabricación de Medicamentos por parte de los laboratorios farmacéuticos.
4501.1 Autorización previa: 99,43 euros. Por solicitud de certificación de un laboratorio farmacéutico de medicamentos: 1.778 euros.
4501.2 Autorización definitiva y renovaciones: 165,73
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2003 En vigor | BOE-A-2003-4507 | Leer | Qué cambió |
| 30 de octubre de 2002 | Texto original | Leer |


