Legislación › Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.
Artículo 253. Tarifa.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de octubre de 2002 y la del 1 de enero de 2007.
Tachado: lo que se quitó (14 palabras). Subrayado: lo que se añadió (4 palabras).
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Artículo 253. Tarifa.
Tarifa 48.01 Autorizaciones previa, provisional y definitiva Autorización de establecimientos de óptica y sección de ópticas en oficinas de farmacia: farmacia.
4801.1 Por autorización previa: 99,43 107,63 euros.
4801.2 Por autorización provisional: 165,73 euros. definitiva:
4801.3 Por autorización165,73 179,39 euros.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2009 En vigor | BOE-A-2009-4514 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2007 | BOE-A-2007-9769 | Leer | Qué cambió |
| 30 de octubre de 2002 | Texto original | Leer |


