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Legislación › Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.

Artículo 289. Tarifas.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de octubre de 2002 y la del 1 de enero de 2008. Tachado: lo que se quitó (17 palabras). Subrayado: lo que se añadió (25 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 289. Tarifa. Tarifas.
Tarifa 58.01 Ejecución de Inspecciones y emisión de informes 58.01: Por cada inspección o auditoría en empresas alimentarias, mayoristas, laboratorios u otros establecimientos en el ámbito de la Dirección General de Salud Pública: 56 euros.
5801.1 Tarifa 58.02: Por cada inspección o informe: 53,37 autorización concedida: 10 euros.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2008 En vigor BOE-A-2008-4062 Leer Qué cambió
30 de octubre de 2002 Texto original Leer

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