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Legislación › Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.

Artículo 29. Fijación o modificación de las cuantías.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de octubre de 2002 y la del 1 de enero de 2005. Tachado: lo que se quitó (10 palabras). Subrayado: lo que se añadió (4 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 29. Fijación o modificación de las cuantías.
1. La fijación y modificación de la cuantía de los precios públicos se realizará, cuando su importe cubra, como mínimo, los costes económicos originados por la realización de las actividades o la prestación de los servicios o que resulte equivalente a la utilidad derivada de los mismos:
a) Por Orden del Consejero competente en razón de la materia.
b) Por Acuerdo del Consejo de Administración, previa autorización del Consejero del que dependa, cuando las prestaciones a que se refiere el artículo 22 sean realizadas directamente por algún Ente institucional.
2. La fijación o modificación de las cuantías de los precios públicos a que se refiere el número 2 del artículo anterior precisarán acuerdo del Consejo de Gobierno, que deberá adoptarse, previo informe favorable del Consejero de Hacienda. El acuerdo debe adoptarse Hacienda, a propuesta de la Consejería que realice las actividades o preste los servicios o de la que dependa el órgano o ente institucional correspondiente.
3. Toda propuesta de fijación o modificación de la cuantía de los precios públicos deberá ir acompañada de una Memoria económico-financiera que justifique el importe propuesto y el grado de cobertura financiera de los costes correspondientes y, en su caso, de la utilidad derivada de la prestación de los servicios o la realización de las actividades o los valores de mercado tomados como referencia.
4. Las propuestas a que se refiere el apartado anterior requerirán informe previo favorable del Consejero de Hacienda.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2005 En vigor BOE-A-2005-2732 Leer Qué cambió
30 de octubre de 2002 Texto original Leer

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