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Legislación › Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.

Artículo 478. Hecho imponible.

Artículo 478. Hecho imponible.

Constituye el hecho imponible la solicitud de revisión o certificación de grado de discapacidad efectuada al amparo del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad.

Se añade por el art. 23.25 de la Ley 4/2012, de 4 de julio. BOE-A-2012-12816.

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