Legislación › Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.
Artículo 493. Sujetos pasivos.
Artículo 493. Sujetos pasivos.
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas que soliciten la emisión del informe de disposición de vivienda adecuada.
Se añade por el art. 23.28 de la Ley 4/2012, de 4 de julio. BOE-A-2012-12816.


