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Legislación › Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.

CAPÍTULO CVI

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2013 y la del 1 de enero de 2015. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor

CAPÍTULO CVI
106. Tasa por emisión sucesiva, por causa no imputable a la Administración, de tarjeta acreditativa del grado de discapacidad.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2015 En vigor BOE-A-2015-1956 Leer Qué cambió
1 de enero de 2013 BOE-A-2013-2685 Leer

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