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Legislación › Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.

CAPÍTULO LXXI

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2003 y la del 1 de enero de 2009. Tachado: lo que se quitó (1 palabras). Subrayado: lo que se añadió (4 palabras). Volver al texto en vigor

CAPÍTULO LXXI
71. Tasa por certificación o por autorización de elaboración de fórmulas magistrales y preparados oficinales por parte de las oficinas de farmacia y servicios de farmacia farmacia.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2009 En vigor BOE-A-2009-4514 Leer Qué cambió
1 de enero de 2003 BOE-A-2003-4507 Leer

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