LexTotal

Legislación › Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.

CAPÍTULO XCIII

CAPÍTULO XCIII

93. Tasa por comunicación previa de inicio de actividad de un servicio de acción social.

Se añade por el art. 23.22 de la Ley 4/2012, de 4 de julio. BOE-A-2012-12816.

← Artículo 463 Índice Artículo 464 →