Legislación › Orden DEF/538/2003, de 4 de marzo, por la que se establece la estructura y funciones de la Escuela Militar de Idiomas.
Disposición adicional sexta. Plantilla.
Disposición adicional sexta. Plantilla.
La plantilla definitiva de la Escuela Militar de Idiomas será definida por el Subsecretario de Defensa.
De acuerdo con lo anterior, por los Jefes de Estado Mayor de los Ejércitos y Armada se dictarán las correspondientes Instrucciones de adaptación orgánica para la integración en la Escuela Militar de Idiomas del personal al que se hace mención en la disposición adicional quinta.
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