Legislación › Ley 3/2003, de 14 de marzo, sobre la orden europea de detención y entrega.
Artículo 4. Gastos.
Artículo 4. Gastos.
Los gastos ocasionados en territorio español por la ejecución de una orden europea de detención serán a cargo del Estado español. Los demás gastos correrán a cargo del Estado de emisión.


