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Legislación › Ley 3/2003, de 14 de marzo, sobre la orden europea de detención y entrega.

Artículo 4. Gastos.

Artículo 4. Gastos.

Los gastos ocasionados en territorio español por la ejecución de una orden europea de detención serán a cargo del Estado español. Los demás gastos correrán a cargo del Estado de emisión.

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