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Legislación › Ley Foral 6/2003, de 14 de febrero, de prevención del consumo de tabaco, de protección del aire respirable y de la promoción de la salud en relación al tabaco.

Artículo 16. Financiación.

Artículo 16. Financiación.

El Gobierno de Navarra incluirá cada año en los presupuestos de la Comunidad Foral la dotación suficiente para el desarrollo de las acciones previstas en esta Ley Foral.

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