Legislación › Ley Foral 7/2003, de 14 de febrero, de turismo.
Artículo 7. Relaciones interadministrativas.
Artículo 7. Relaciones interadministrativas.
Las relaciones entre las diversas Administraciones Públicas y los organismos que de las mismas dependan estarán sometidas a los principios de eficacia, coordinación, colaboración, cooperación e información mutua.


