Legislación › Ley Foral 7/2003, de 14 de febrero, de turismo.
Disposición derogatoria primera.
Disposición derogatoria primera.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en esta Ley Foral y, en particular, la Ley Foral 14/1997, de 17 de noviembre, de Disciplina Turística.
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